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Congreso

Órgano de decisión del FA

El Congreso del Frente Amplio (FA) se celebra cada 30 meses.

En caso de tener carácter extraordinario será cuando así lo resuelva el Plenario Nacional por mayoría de 3/5 de sus miembros o a solicitud del 25% de los adherentes del FA; o en el segundo semestre del año previo al que se realicen elecciones nacionales.

El Congreso tiene las siguientes competencias:

  •  Definir las grandes líneas de acción política, a propuesta del Plenario Nacional.
  •  Designar los candidatos únicos del FA a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, a propuesta del Plenario Nacional.
  • Aprobar la plataforma electoral.
  • Designar Presidente y Vicepresidente del FA, a propuesta del Plenario Nacional.
  • Aprobar el balance de lo actuado por el FA.
  • Formular recomendaciones al Plenario Nacional y demás órganos del FA.

El Congreso se integra con:

  • Los miembros del Plenario Nacional que lo presidirán.
  • Los delegados de Comités de Base y donde estos no existan de las Asambleas Locales (departamentales del interior).
  • Podrán participar con voz en el Congreso todos aquellos que habiendo sido electos representen al FA, a nivel parlamentario, ejecutivo y electoral; nacional, departamental y local, salvo aquellos que la Constitución se los prohíba.

La cantidad de representantes de cada Comité será proporcional a la cantidad de adherentes que participen en las asambleas citadas para tratar los temas de Congreso, de acuerdo a lo que establezca el reglamento.

Los candidatos a delegados al Congreso serán propuestos por la asamblea del comité de entre los adherentes que participaron del estudio de los documentos.
La forma de elección y los criterios de proporcionalidad serán reglamentados en cada caso por el Plenario Nacional a propuesta de la Comisión Nacional de Organización.

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