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30 de abril | Día del trabajador y la trabajadora rural


Reivindicamos el rol de las y los trabajadores rurales en el desarrollo productivo y en la historia del país.

La Ley 18.441 de 2008 establece el 30 de abril como feriado no laborable pago para los trabajadores y las trabajadoras del sector.

¿Qué establece la ley?:

-Las y los trabajodoras/es rurales tienen derecho a aguinaldo, horas extras, salario vacacional y cobertura médica.

Se limitó la jornada laboral: La duración máxima de la jornada de trabajo es de 8 horas diarias y 48 horas semanales por cada 6 días trabajados. El tiempo de trabajo que supere las 8 horas diarias será pagado como hora extra.

Descansos intermedios y entre jornadas: Además se establecieron descansos intermedios, entre jornadas y semanales.

Descanso semanal:El descanso semanal  es los domingos, solo modificable de mutuo acuerdo. Tienen derecho a un descanso intermedio, mínimo de media hora y descanso entre jornadas no menor a 12 horas.

-Existe una Comisión de Seguimiento, para controlar y evaluar la aplicación del régimen de jornada y descanso semanal en el sector rural.

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